Segunda parte de la transcripción del 2 de febrero - Asab - Caso de Nicolás Castro - Minuto 0:00:00 a 1:13:09"
Jorge Peñuela: (...) esta última actividad de los eventos que programamos para la presentación del encuentro de proyectos de grado 2010 del proyecto de artes plásticas de la Universidad Distrital. Para eso invitamos al doctor Guillermo Hoyos, al doctor José Gregorio Hernández, al maestro Víctor Laignelet decano de artes de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, nos acompaña el maestro Manuel Santana, Director del programa de artes plásticas de la Tadeo Lozano también, estos maestros pues, nos acompañan, eh, estamos esperando al maestro Ricardo Lambuley que también va a ser parte de la mesa y la maestra Marta Bustos que se va a encargar de moderar las intervenciones tanto de los invitados como de los participantes en, en el auditorio. Inicialmente programamos este coloquio bajo el tema de la libertad de expresión en el arte, motivados por varias inquietudes que teníamos en la facultad y que recogían también unas problemáticas que veíamos en los medios eh especializados de arte en Bogotá y también en los medios masivos de comunicación. Primero fué el 2008 el caso de Wilson Díaz, eh un caso de una muestra que se hizo en el Reino Unido, eh, se ordenó descolgar uno de sus trabajos, posteriormente vino, eh, eso generó una discusión, posteriormente tuvimos el caso más renombrado en los medios masivos de comunicación, que fué el de Tania Bruguera, una artista cubana que vino al séptimo encuentro de políticas y performance organizado por la Universidad Nacional, y que nosotros también aquí en la Distrital participamos con un proyecto. Como Ustedes saben la propuesta de ella incluía la distribución de un, líneas de coca dentro del público que estaba atento a las intervenciones de algunos de los protagonistas del conflicto interno nuestro, que era un desplazado, que era un paramilitar, algunos, varios elementos que participan en, dentro de nuestro conflicto entonces, pero lo que más llamo la atención fué la distribución de la coca, de la cocaína que finalmente dió origen a, a un, a que se abriera una investigación y se penalizara, se, se, se judicializara esa actividad artística. Entonces, con ese contexto, nosotros invitamos al doctor Hoyos, al doctor José Gregorio, al maestro Laignelet para que pues como que nos dieran luces cuáles son los límites de la libertad de expresión, si la libertad de expresión tienen límites, si no tiene límites, y todo esta también eh, como último caso que se me olvidó mencionar que casi, que es el más importante porque surgió un poco de la sensibilidad de los estudiantes que se están graduando ahora sobre el caso de Nicolás Castro, estudiante de la universidad Jorge Tadeo Lozano, que en este momento se encuentra privado de la libertad pues por eh circunstancias bastante conocidas, que el maestro Laignelet de pronto nos, ahora nos, nos va a reseñar. Entonces todo esto tiene como motivo pensar, reflexionar sobre la libertad de expresión, eh qué pasa eh, qué, cómo actúa, cómo reacciona, cómo piensa el artista en su campo de trabajo que es el de la imaginación, y entonces ahí vuelvo a in eh, insistir la propuesta es la de que los expertos en estos (apartes) pues que nos den luces para orientarnos a nosotros que pues no tenemos mayor formación jurídica para saber cuando podemos estar infringiendo la ley así estemos en un campo pues que defiende una libertad de expresión como es el campo artístico. Entonces yo ya le daría la palabra a la maestra Marta que... está por aquí... bueno entonces la maestra Marta está trayendo, está trayendo al maestro Ricardo pero entonces planteomosle de una vez la, la entrada al, al, al maestro... Víctor! eh...
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Víctor: quiero agradecer a la Asab y a Jorge por, por su interés en esta situación, en este caso, por invitarnos a nosotros, a Ustedes por su presencia, yo trataré de hablar por ahora brevemente y después expresar (interrupción) ¿se alcanza a oir? no... Bueno trataré de hablar por ahora brevemente y después espero que pueda haber algún tipo de ronda y abrir un diálogo o un debate según sea el caso... Lo que haré al principio será primero comentar cómo fue, la mayoría de ustedes supongo que conocen el caso pero voy a hacer una síntesis de la situación, después contarles un poco cuál ha sido la posición del programa de artes de la Jorge Tadeo Lozano, donde Nicolás Castro es estudiante, y finalmente de pronto abrir algunas inquietudes con respecto al, al problema en cuestión desde el punto de vista del arte. El caso como Ustedes saben, Nicolás Castro fué detenido el dos de diciembre, se le imputó haber abierto en facebook, (un) facebook, con, con, con, con, un grupo con el nombre que implicaba una amenaza eh, se comprometía a, a asesinar a, al hijo del Presidente Uribe. Tenemos entendido que la imputación que le hizo la, la acusación que le hizo la Fiscalía tenía que ver con una instigación a cometer delito, con el agravante de homicidio, con fines terroristas. Eh, esto fue el resultado de un proceso largo, aparentemente unos cinco meses de seguimiento del caso, en lo que, según la prensa, dicen participó el FBI, en la Universidad parece que hicieron algunas indagaciones de las cuales nosotros no estábamos enterados en tanto que era un caso pues que implicaba reserva, hasta el día en que lo... él fué notificado en un momento dado de que estaba este proceso y tenía este problema con La Fiscalia y se acercó y habló con La Fiscalía, pero el caso digamos que siguió evolucionando hasta que llegó a ese punto. Otro de los elementos complicados de este caso es que los dif, los distintos seguimientos que le hicieron, aparecían unas conversaciones con una amiga de él, donde aparentemente bajo el pseudónimo de "cuervodelsalado" pues eh aparecía también digamos, eh, algunos, algunos comentarios que lo, que lo, que lo, que harían pensar que era la misma persona que había abierto el facebook. Hasta ahí digamos lo que parece ser, lo que, en síntesis, el caso, digamos, eh, lo que... Bueno, lo mas reciente digamos, es que, digamos, sentimos por supuesto que nosotros creemos que hay una completa desproporción en la acusación, el agravante con fines de homicidio, el agravante es (...) con fines de terrorismo, pues por supuesto es algo insostenible, y, y, en la medida en que no se ha podido demostrar por ninguna, de ninguna manera que hubiese ningún tipo de comportamiento independientemente del tema de la página en facebook que pudiese demostrar que el estudiante Nicolás estuviese haciendo algún tipo de acción directa o plan, o, o vínculos con otras personas, o estuviese desarrollando un plan o algo, (en fin, eso) parece que no es sostenible desde ningún punto de vista y está claro para nosotros, digamos, los que hemos estado analizando eso en el programa, que, que, que hay, hay una situación política claramente enmarcada y un interés de hacer un escarmiento en ese caso en particular, y un (...) en la justicia en la medida en que ha habido muchos casos de acusaciones y amenazas por facebook , eh, particularmente a personas de la oposición, y que no han recibido, digamos, eh, ningún tipo de atención y mucho menos el despliegue que tuvo este caso. Hum... por otro lado, pues hay una serie de factores que hay que tener en cuenta, como es el tema del lenguaje, y el contexto de facebook, y el lenguaje que se maneja allí, eh, lo último que nosotros sabemos, hemos estado en contacto pues con la familia, con la abogada, con el Papá y con la Mamá, eh, de Nicolás, en la medida de lo posible, lo que sabemos que está en el caso ahora, es que la, la defensa hizo, entre, entre, entre las solicitudes que hizo, una consistía en que consideraban que debido a que no había ningún agravante que pudiera implicarlo en un caso real de terrorismo, no debería estar en la sala en la cual se hicieron los descargos, que es una sala antiterrorista, he... aparentemente hay un proceso que empezó a moverse en esa dirección hace muy poco, cuando se pudo tener la primera audiencia, pudieron hablar los primeros veinte minutos reales, digamos, y el tema pasa en este momento, para tomar esa decisión si es en esa sala o en otra, tengo entendido, a la Corte Suprema de Justicia, eh, esto implicaría que existe la posibilidad de que, de que la Corte se pronuncie diciendo que no corresponde a esa Sala Antiterrorismo ventilar el caso, lo cual eh, supongo yo que eliminaría el agravante de la acusación de la Fiscalía de fines, con fines terroristas. El tema de instigación para cometer un delito, en términos de homicidio, no sé que pase en ese caso, entonces de todas manera la Corte va, en estos días debe estar por pronunciarse, pero aparentemente parece que la primera citación que le hicieron ayer ya no fue en la misma sala, luego de pronto el tema con respecto al terrorismo puede haberse movido pero francamente (...) yo les cuento como en síntesis en qué está la situación eh, de Nicolás ahora.
Por otro lado, desde el punto de vista del programa, hum lo primero que hemos expresado, pues todo el cuerpo de docentes, y de profesores, y de los estudiantes por supuesto, primero ha sido una manifestación de afecto por Nicolás (...) y eh los estudiantes del programa de Artes pues se han, han tenido distintas reuniones y amigos de Nicolás entre ellos, tengo entendido que con estudiantes de la ASAB y otros grupos de personas, un grupo que se han venido reuniendo, para discutir el tema, para hacer debates, para ver qué reacciones pueden tomar, qué actitudes, que formas de expresión son válidas hacer, y el programa pues ha estado, digamos, cercano a esas discusiones, hemos participado en algunas de ellas, pero también sobre todo hemos considerado que es muy importante que los estudiantes tengan autonomía para expresarse. Desde el punto de vista del Rector de la Universidad, también expresó eh personalmente, eh un mensaje diciendo que los estudiantes tenían plena libertad de expresarse como consideraran que era correcto hacerlo, eh, esa ha sido digamos en breve un poco la situación, como planes lo que tenemos en el programa nosotros es eh, conti, a, a Nicolás le faltan once créditos para terminar su, su carrera, entonces lo que hemos pensado nosotros es eh, continuar la formación de Nicolás, tratar de, de, de, de digamos eh, atravesar un poco los muros que lo separan desde la prisión, y, y ver que el programa podía encontrar modalidades más flexibles para poder eh, eh, ofrecerle a Nicolás unos, un, una mod, unos sistemas de modalidad pedagógicos que se aclo, se acoplaran al contexto en el que está eh, ha habido una, una proposición a, a los profesores, a aquellos que en toda su libertad hayan querido consentir en eso para que puedan hacer tutorías y poder visitar a Nicolás, hacer tutorías y que él pueda acabar las asignaturas que tiene pendiente, y el proyecto de grado. Luego digamos que este es un plan completo que estamos trabajando y diligenciando con la universidad, estamos en proceso a realizar y estamos así digamos haciendo las diligencias con, con la universidad, con los abogados y haciendo un plan de estudios para, para abordar este tema. Digamos que hasta ahí yo haría la primera síntesis del caso de Nicolás, para muy pronto dejarle las palabras a, a, a Ustedes (se refiere a los otros miembros de la mesa) pero yo antes de entrar a hablar más de fondo yo quisiera mencionar que me parece que, que el tema es muy, muy complejo, eh por otro lado pienso que hay dos ámbitos, que es el ámbito del arte, y el ámbito de la justicia, en términos de la libertad de expresión creo hay que abordarlo desde dos ángulos distintos, y aquí tendremos la oportunidad de, de escuchar esos dos aspectos, más otras reflexiones con respecto a lo que nos está convocando en términos de la libertad de expresión en general, y relacionada con, con algunos casos en particular, y de alguna manera con el caso de Nicolás que en este momento pues es central, es en parte la motivación de esta reunión y reflexión, eh, son dos ámbitos distintos, y, y por supuesto muy complejos, yo tengo que decir una cosa acá y es que yo no me siento en libertad intelectual de hablar en profundidad eh, sobre este caso, y no me siento en libertad intelectual de hablar sobre el caso de Nicolás porque eh, estamos en una situación que está frente a un juicio, eh, de tal manera que, hum, me parece que, que puede ser difícil y peligroso hum que en las palabras que podamos decir o eventualmente yo como Decano del Programa de Artes donde él está estudiando pueden eventualmente ser tomadas como voz de expertos sobre el tema y puedan ser utilizadas en el juicio, de una u otra manera, a favor de una y otra cosa que se me escaparía a mi por completo de, de, de, de manejar, entonces yo quiero hacer esta aclaración, digamos, porque... y hago esta aclaración porque a mi me parece importante que una vez esta situación se resuelva en la instancia jurídica pudiéramos entrar a una discusión ahí sí realmente abierta digamos en términos intelectuales desde el punto de vista del arte, porque yo creo que hay elementos críticos dentro de la situación y creo que hay que hacer una reflexión crítica sobre, sobre este caso, digamos... eh, por un lado, eh yo hago una aclaración, yo se la he dicho a los, a los, a los padres de Nicolás y, y cuando (...) con Nicolás también eh en una visita que pensamos hacerle pronto también a él y a los estudiantes, es que yo considero pues fundamental el respeto a la vida y, y desde ese punto de vista me parece que para mí es una posición ética incontrovertible y me parece que desde el punto de vista de la libertad de expresión me parece que el respeto a la vida debe mantenerse, es el límite para la libertad de expresión, hum, por otro lado me parece que hay que tener en cuenta muchas cosas en términos de lenguaje, yo, yo creo que hay, e, en, en, en la, en la frase utilizada me parece que hay que tener en cuenta a manera de atenuante de todas maneras el lenguaje que se utiliza en facebook, atenuante digo (...) responsabilidad de cada quien con lo que dice, pero me parece que hay un lenguaje en uso en el facebook que, que está poblado de amenazas en todas las direcciones y que justamente por falta, por impunidad desde hace tantos años con ese lenguaje, particularmente porque la mayoría de amenazas iban dirigidas a personas de la oposición, pues no se hizo nada con respecto a esto y se volvió una especie de lugar común que cada vez mas per, cada vez más personas lo, lo utilizaban, y me parece que eso es algo que hay que tener en cuenta desde el punto de vista del lenguaje, eh, yo tengo la impresión de todas maneras que Nicolás no ha dicho hasta ahora que la expresión que él utilizó allí lo haya hecho en nombre del arte (mirada muy atenta de José Gregorio Hernández) y por otro lado me parece que habría que hacer, en un futuro, digo no, no lo considero ahora oportuno hacer ese debate, pero me parece que, que hay que hacer un debate sobre la naturaleza del lenguaje del arte, y la diferencia entre lo que es un lenguaje denotativo y lo que es un lenguaje, eh, en arte digamos, poético, el lenguaje en arte es polisémico y tiene distintos niveles de sentido, mientras que otros tipos de lenguaje son denotativos donde "esto es igual a aquello", eh, no sé desde el punto de vista jurídico la utilización del lenguaje cómo esa frase pueda ser manejada respecto a la relación entre lo denotativo y lo connotativo pero me parece que ahí hay una diferencia importante y sustancial que yo creo que en una discusión más profunda deberíamos abordar porque creo que dentro de las prácticas críticas del arte eh es justamente el lenguaje del arte el que permite y genera un espacio donde esto se pueda realizar justamente dentro del marco de esa característica del lenguaje que, por ser polisémico, creo yo, no se dejaría atrapar nunca dentro de una, digamos, dentro, dentro del orden de lo jurídico, y finalmente me parece que es importante también hacer esta eh, esta reflexión, porque hay una tradición de arte político en Colombia, que ha costado mucho trabajo, que ha venido tomando tiempo que tome cierta posición y es un espacio conquistado con trabajos que han tenido una investigación profunda sobre espacios en concreto, digamos, y yo creo que es, es de, es una responsabilidad no colocar todo en la misma canasta... esto es como lo que yo pienso en términos generales y después si quieren haremos una charla más amplia (cede el micrófono a José Gregorio Hernández).
Jorge Peñuela: bueno, entonces ahoritica si vamos a escuchar al maestro Ricardo, que (va) a hacer una presentación de la Facultad, esta es la posición personal de él con respecto a la libertad de expresión en el arte, y pues...
(17:06")
Ricardo Lambuley: bueno, buenas tardes para todos, darle las gracias al maestro Hoyos, al Doctor José Gregorio Hernández, al Maestro Laignelet, y al profesor Jorge Peñuela, por motivarnos a tocar temas que a veces parecen no ser de la Academia, a veces parecen ser temas de otros (...) distintos y en esto, menos pareciera ser problema de los artistas, entonces a mi esto me parece que es un tema que eh obviamente requie, requeriría forzosamente de poder desentrañar qué es lo que ten, qué es lo que entendemos, cuáles son las nociones basicas en lo que entendemos por la noción de Estado, o la idea de Democracia, qué es lo que está detrás de esto, qué el lo que está detrás de la noción jurídica y normativa del Estado Social de Derecho, que harían que comencemos a desentrañar esto que termina siendo terriblemente perverso y es que fácilmente puede ser eh, deslegitimada una acción de expresión bajo el, el precepto, o bajo la noción o la categoría de terrorismo, yo en eso solamente quisiera eh, llamar la atención y poner de parte de la Academia, hacer, hacer visible que nos corresponde a los artistas, a los estudiantes de las Universidades Públicas la posibilidad de comenzar a poner en tela de juicio lo que aparentemente es normal y no debería ser así. Y en esto solamente quisiera eh trabajar con tres puntos que quiero señalar; uno, el tema como se entiende hoy la noción de cultura y, un poco para poner un paradigma entre lo que sería el cul, el multiculturalismo y la interculturalidad, me parece que en el primer caso el multiculturalismo pues es una especie de noción eh que se vuelve un abstracto universal para decir que en este espacio coexistimos muchos distintos, pero esa, ese abstracto universal funciona y es (...) mientras esos otros no pongan en peligro mi estatus de poder, y ahí viene para mi el, la primera gran diferencia, y es que la interculturalidad la estamos entendiendo como un proyecto a desarrollar, donde hay que reconocer que en este conflicto y en estas luchas hay otros que también pelean por el poder, y que en esa posibilidad tendríamos todos que sentarnos en la misma mesa para reconocer al otro, vuelvo y insisto, en la medida en la que reconocemos que el otro también tiene luchas de poderes, pero que ese, esa otra lucha también es legítima, porque el otro es muy fácil, reconocer que el otro existe allá, pero mientras el otro no me genere a mi ningún peligro, pues, (puedo) decir que el otro existe, es un poco como, entiendo yo, sucedió con la constitución del noventayuno, la constitución del noventayuno declaró que este país era pluriétnico, multicultural, pero con eso no ha pasado nada en términos de cultura, es muy poquito lo que ha pasado, no voy a decir que no, obviamente no voy a desmejorar, porque fue un avance desde el punto de vista institucional y jurídico, pero desde el punto visto de políticas sigue siendo totalmente discriminatoria las políticas de este estado con las comunidades negras, sigue siendo totalmente discriminatoria las políticas de este estado con la comunidades indígenas, y la academia sigue siendo terriblemente ausente cuando se trate de reconocer la cultura y los valores que han generado esas comunidades, entonces en esto yo llamo la atención porque el tema de la libertad de expresión estaría un poco pensado, ¿de cuál libertad de expresión estamos hablando?, ¿de la libertad de expresión de un marco jurídico, social de un modelo capitalista, que en el fondo lo único que busca es posicionar a los grandes eh actores de las industrias? y en el caso nuestro de la industria cultural, entonces a nosotros artistas se nos reclama la creatividad, siempre y cuando la actividad posicione no siempre al artista, si no posicione a los dueños de las empresas culturales, y es lo que hoy día tenemos como normas de derechos de autor y de propiedad intelectual, no es nada, no es ninguna otra cosa que la posibilidad de que las arcas de aquellos que hoy en día conducen las empresas culturales no se vayan a vaciar nunca, entonces (...) me parece que eh, el llamado sería, la libertad de expresión tendría que tener algunos elementos básicos, y el, y el primero de ellos, es permitir que haya un estatus dialógico de lo que no se considera institucional, de lo que no se considera "narrativa institucional", donde podamos poner, en ese sentido, tanto lo paradigmático como lo obtuso en la misma mesa, hoy en día lo obtuso es desdeñado, es eh, eh, racionalmente quitado de la mesa, por eh, por una epistemis llamada "razón", que la modernidad impuso, desde otro punto de vista me parece que la libertad tendría que forzosamente arrancar por el ejercicio político de posicionamiento de todo aquello que la razón no ha logrado capturar, para fortuna nuestra, estoy hablando de los afectos, estoy hablando de la solidaridad, de la que habla el profesor, estoy hablando de la comprensión de un otro, estoy hablando de todas las posibilidades, tanto de afecto como de angustia, que tendrían que estar presentes a la hora de hablar de la libertad de expresión, porque, libertad de expresión, en un marco eh, de un estado jurídico que no vela si no por ciertos intereses pues resulta relativamente sencillo, porque de esa misma manera resulta relativamente sencillo discriminar al que necesitamos opacar... eh, para terminar, me parece que, eh, ese tema de libertad, pues ha sido terriblemente manoseado, y eh, el tema de la expresión, la pregunta es, en este tema de la expresión estamos, hablando de lo real pero también de lo no real, de los lenguajes que han sido posicionados y de los que no han considerado, no han sido considerados lenguajes, y en esto el papel de las artes es fundamental, algún día le oí al maestro Hoyos, en cartagena el año pasado, una, un llamado de atención muy importante que no podemos perder de vista, y es que nosotros no nos podemos dejar meter en el paradigma de la razón por mas de la, que la academia reclame las ideas con un, una construcción o (como) un espacio para la construcción social, nosotros tendríamos que estar siempre más allá de esa posibilidad, porque el, porque esa parece ser el destino de las acreditaciones y de todos estos modelos de eh, control, y dispositivos de control que existen hoy en día, y que nosotros mal podríamos caer eh, en, en la lógica de la narrativa institucional pensando que la educación, la mejor calidad de la educación estaría a través de las acreditaciones, estamos convencidos de que la mejor educación de este país está cuando haya distribución equitativa del ingreso, cuando haya salud para todos, cuando haya educación para todos, ese día habrá mejor calidad de la educación, no cuando estemos mostrando indicadores a diestra y siniestra, como nos toca ahora, eh, para tratar de eh, trasladar o traspasar unos requerimientos institucionales, entonces yo, digamos, dejo este terreno porque sí quisiera que de fondo comenzáramos a desentrañar de cuál libertad y de cuál expresión estamos hablando, libertad de expresión ¿en qué marco?, para saber qué, qué realmente intentamos apoyar, de qué podemos ser solidarios, qué nos competería ser solidarios, teniendo como perspectiva una sociedad distinta, una sociedad absolutamente lejos de la guerra, una sociedad donde resolvamos las con, los conflictos de una manera distinta, y para nosotros en este caso, un país que ojalá hiciera algún día alguna inversión distinta a, cambiáramos la pirámide para que lo que hoy se invierte en guerra se invirtiera en educación, muchas gracias...
Marta Bustos: eh, buenas tardes a todos y todas, el maestro Peñuela me ha pedido el favor que colabore como con la coordinación del tiempo, entonces eh antes de presentar a nuestros invitados quiero decirles que vamos a tener unos quince minutos para cada uno de nuestros invitados y después eh vamos a abrir la sesión a una, a preguntas, digamos, más que preguntas y respuestas la idea es que podamos hacer un conversatorio a partir de lo que nos están planteando nuestros invitados, la reflexión que se, que se suscitó, con, con la convocatoria que el maestro Peñuela nos ha hecho, y entonces voy a presentar al doctor José Gregorio Hernández, el doctor José Gregorio Hernández es exmagistrado de la corte constitucional, doctor en derecho, académico, docente de varias universidades (...) de, de derecho, de derechos humanos y de constitucionalismo. Eh, es la primera persona que nos va a acompañar en la, en el conversatorio, vamos a tener quince minutos (José Gregorio asiente con una sonrisa y un gesto de cabeza) y después vamos a darle la palabra al maestro Guillermo Hoyos, que es exdirector del Instituto Pensar de la eh Universidad Javeriana, doctor en filosofía, catedrático, humanista, escritor de varios libros de filosofía y de temas de derechos humanos también, entonces le damos la palabra al doctor José Gregorio.
(26:55")
(26:55") José Gregorio Hernández: bueno, muchas gracias, a todos ustedes un saludo muy cordial, le agradezco a la universidad y a los organizadores que hayan pensado que puede ser fructífero este intercambio de criterios en torno a un tema tan trascendental como la libertad de expresión, desde varios puntos de vista, no solamente desde el punto de vista educativo sino desde la perspectiva jurídica y a propósito de casos; (27:30") los casos le permiten a uno entrar a considerar la realidad más allá de la pura teoría; debo advertir, inicialmente que, ante todo, (27:45") voy a hacer una presentación de carácter constitucional, eh jurídico pero no voy a entrar en el terreno propiamente penal, si no que me voy más arriba, me voy al nivel de la Constitución Política, de los derechos que están consagrados en la Constitución y del enfoque que hasta ahora la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha utilizado en distintas sentencias para desarrollar estos conceptos de libertad de expresión y de pensamiento (pausa). (28:23") También debo advertir que no me parece plausible la utilización de un recurso como el internet para ofender a otras personas, para llamar a, a algún ataque contra un ser humano, que no me parece plausible inclusive el uso del internet para eh la exposición de cosas que son relativas a la intimidad de las personas, ahí están de por medio también los derechos de todas estas personas; desde luego, eso lo dejo claro para que no se piense que estoy haciendo una apología de el mal uso de una herramienta tan importante como es el internet y como son las redes sociales hoy por hoy; pero debo hacer el enfoque desde un punto de vista constitucional, (29:30") la Constitución colombiana, en el artículo 20, consagra la garantía a toda persona en el sentido de que gozará de la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones (pausa) la expresión, y así lo ha dicho la jurisprudencia de la corte colombiana, como también lo ha dicho el tribunal constitucional español, lo ha señalado la corte constitucional italiana, lo señaló en el pasado nuestra propia Corte Suprema de Justicia, inclusive a la luz de la Constitución de 1886, que no era propiamente libertaria como esta de 1991, (30:20") la expresión se deduce de la misma condición inteligente del ser humano, la razón humana, la posibilidad que tiene todo individuo de la especie humana por su misma esencia, de pensar, de razonar, lleva necesariamente a que no se quede con sus pensamientos, sus ideas, sus gustos, sus opiniones allá para guardárselos interiormente si no que quiera transmitir a los demás aquello que está pensando, aquello que está sintiendo, aquello que está inclusive presintiendo, aquellas prevenciones que pueden existir en su interior, la expresión implica sacar de dentro algo para manifestarlo a los demás, de suerte que la expresión tiene un ámbito sumamente amplio en el gran marco de las conductas humanas, desde lo mas sencillo hasta lo más complejo; una persona le hace mala cara a otra persona, ahí hay un, una expresión, una persona le hace a otra una cierta mirada, que puede ser insinuante, que puede ser coqueta, que puede ser ofensiva, que puede ser amenazante, eso es expresión, eh, hum, y puede, desde luego, desarrollarse, a partir de esos rudimentos, o de esas expresiones iniciales, se puede desarrollar el concepto de la expresión desde el punto de vista jurídico en el sentido de manifestar, hem, lo que la persona tiene en su interior a través de sus escritos, a través de sus palabras, a través de las obras de arte, precisamente (pausa) (32:52") el escultor expresa unas, una cantidad de concepciones suyas, el pintor, el poeta, el músico, cada uno en su respectivo campo, hum, todo eso está cobijado sin duda desde el punto de vista de la garantía constitucional, como está cobijada la expresión política, eh, no estar de acuerdo con actos de gobierno, no estar de acuerdo con leyes, no estar de acuerdo con sentencias, o estar de acuerdo, y querer apoyarlas, (33:35") todo encaja dentro de la órbita de la libertad de expresión, que tenemos que distinguirla del derecho a la información, en el caso de la información lo que hay es la transmisión, por cualquier medio, desde los más sencillos hasta los más complejos, de unos datos, o unos acontecimientos, de unos hechos, de unas situaciones, en ese sentido la libertad de informar sí tiene unas limitantes, quien informa, como lo dice la misma constitución, se compromete a transmitir una información veraz, imparcial, objetiva, yo no puedo a título de información decirles a ustedes algo que no corresponde a la realidad, (34:28") la información falsa, la información tergiversada, la información manipulada, no están garantizadas en la constitución, porque tiene que haber una relación entre lo que se informa y los hechos que se informan, allí tiene que haber una objetividad, en cambio en el campo de la libertad de expresión hay una gama sumamente amplia de posibilidades, porque precisamente en la expresión también está el concepto de creatividad, yo me expreso de determinada manera, pero mi vecino puede expresarse de una manera totalmente distinta, eh, y cuando un artista, por ejemplo, se expresa de determinada forma, plasmando aquello que concibió, que creó, pues no puede venir a ser interceptado por alguien desde fuera para decirle que "eso que usted concibió, eso que tenía en su interior y que sacó a relucir en la escultura, en la pintura, en la poesía, no puede divulgarse, eso se lo voy a censurar",y resulta que ahí se nos presenta la figura que la constitución rechaza de manera tajante, que es, la censura (pausa breve) (36:10") la censura tiene, puede tener muchos orígenes, generalmente son orígenes oficiales, pero uno podría pensar que otras autoridades, no necesariamente estatales, pueden en ciertas ocasiones asumir comportamientos de censura; la censura no solo se presenta por la prohibición de transmitir un cierto pensamiento, una cierta información, o de presentar una cierta obra de arte, si no que también se presenta con el solo hecho de que haya una vigilancia: la presencia de unos eh censores oficiales de un periódico para (vigilar) a ver cuáles son las caricaturas que mañana van a salir publicadas, eso ya de suyo es censura, porque ya implica que van a pasar esa expresión del caricaturista que, que está haciendo manifestación de lo que piensa, con el ingenio que le es propio, eh, está siendo atropellado ese carit, caricaturista en su derecho, y por supuesto, está siendo sometido a una vigilancia externa, entonces en esa medida se está coartando su libertad (pausa breve) y es que la libertad, justamente, de expresión, en que cada cual puede expresarse como lo considere pertinente, los otros, pues, simplemente tienen que respetar, y el Estado tiene que respetar, hablando del Estado no solamente en su rama eh ejecutiva, en su rama legislativa, si no también en, entre los jueces, que toman decisiones, porque evidentemente puede haber censura judicial, también, podría darse el caso de una determinación judicial que implica censura, en el sentido que o bien se castigue a alguien por haber hecho una expresión, uso de un medio de expresión y haberse expresado, o bien se amenace a alguien por el hecho de querer expresarse, todas estas formas son, por supuesto, constitutivas de censura, (38:48") y la censura se encuentra prohibida en la Constitución Política de Colombia de manera total; es una de las normas que uno podría decir que en la Constitución son terminantes, y qué quiero significar con ello, que no tiene justificación la censura en ningún caso; ahora bien, el... la Jurisprudencia de la Corte Constitucional tiene varios antecedentes tanto en materia de procesos de constitucionalidad, cuando se han juzgado normas que por ejemplo llevan a imponer sanción a una persona por la manera como se expresa, normas que han sido declaradas inexequibles por esa razón, como en los casos de tutela, (39:46") la Corte Constitucional ha protegido por la vía de tutela varias modalidades en la libertad de expresión, les recuerdo apenas un caso, en una sala de tutela de la que hacíamos parte el Doctor Carlos Gaviria, ponente, el Doctor Hernando Herrera y yo, tuvimos que resolver la situación de un escultor que presentaba una exposición con desnudos, inclusive recuerdo mucho que eran desnudos masculinos y claro, eh, cuando se fue a, a hacer la presentación de la exposición el director del museo, al ver que se trataba de esa clase de desnudos manifestó que no se podía presentar, sencillamente: nada, y cuál fue el argumento?: "eso es pornografía"; entonces allí ya uno empieza a ver que en ocasiones hay confusión entre los dos terrenos, cómo, cómo se puede pensar que la, una exposición de arte es pornografía, sólo porque hay unos desnudos? La Corte, en esa sentencia de la cual fue ponente el Doctor Carlos Gaviria, y que apoyé porque me pareció ehem, que es, era una sentencia adecuada a la Constitución del 91, la Corte dió la orden de que la exposición se hiciera con libertad, protegió los derechos de ese artista, diciendo que si al director, o a otras personas, porque el director también decía que no hacía la exposición porque esa exposición, vista por la comunidad en un municipio de Colombia imp, iba a implicar necesariamente escandalizar a esa sociedad, y que él no quería comprometerse en el escándalo y en hacer presentaciones de mal gusto: otra confusión, ejem, y entonces claro, eh, la Corte lo que manifestó es que el que no quisiera mirar esas imágenes, desde luego, nadie está obligado, al que no le guste, a mi personalmente no me habría gustado ver esas imágenes, no le, no le, no me atrae, entonces, pues no las veo, y, y la tutela consistió precisamente en que "haga su presentación, no interfiera el director del museo en esa exposición, y cada cual verá si quiere asistir o no quiere asistir", porque desde luego la libertad de los otros también tiene que ser salvaguardada; eh, (43:04") el concepto de la expresión, ya con los modernos eh medios de comunicación, especialmente con los desarrollos muy grandes que ha tenido la tecnología, y específicamente el internet, y muy concretamente las, las redes sociales y estas organizaciones que tienen hoy tanto auge y que son muy importantes, eso tiene que verse bajo una perspectiva de un derecho dinámico; el derecho no se puede quedar rezagado, el derecho tiene que ir contemplando los fenómenos que se dan en el seno de la sociedad, y tiene que ir buscando regulaciones para esos fenómenos, pero unas regulaciones razonables y proporcionadas; esos conceptos de razonabilidad y de proporcionalidad también son muy importantes y deben ser tenidos en cuenta no solamente por las personas en el uso de los instrumentos respectivos, si no por los creadores del derecho y por quienes plasman las normas jurídicas, así como por quienes utilizan esas normas jurídicas o, o tienen que aplicarlas, como es el caso de los jueces; (44:51") qué pienso yo en el caso específico eh que aquí ha sido tratado, del estudiante de arte de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, eh, repito, desde mi perspectiva constitucional, no entro a calificar el asunto bajo un (test) de derecho penal, no, no voy a controvertirlo, repito, entro más en el terreno del ejercicio de la libertad: me parece primero que todo, que se está haciendo uso, por parte de él, de un instrumento; que uno pueda no compartirlo, es otra cosa, pero que el uso de ese medio de comunicación tenía que darse dentro de un concepto amplio de libertad de expresión es algo que corresponde verdaderamente a lo que les digo me parece que el derecho tiene que comprender, eh, (45:28") no podemos establecer respecto de esos medios una censura judicial; yo considero que el hecho de haber señalado como sancionable, como penalizable la expresión del estudiante, pues es una barbaridad a la luz del concepto propio, constitucional, de la libertad de expresión; como decía el profesor hace un momento (señala a Víctor Laignelet) no, no se han encontrado unos elementos contundentes en el sentido de que el estudiante estuviera maquinando o fraguando, planeando, un crimen, que estu, que tuviera la intención perversa de cometer un homicidio, que estuviera inclusive incidiendo en el comportamiento de otras personas pero eh, de manera concreta en cuanto al crimen; estaba haciendo uso, y así lo veo yo, de su libertad de expresión, era la manera de expresarse, como la tienen las señoras a veces cuando uno dice algo que no les gusta y entonces me contestan: "mire, lo mato": ¿será que me está amenazando de muerte, esta señora, por la manera como reacciona? No, son formas de expresión, digan ustedes públicamente la edad de alguna señora y ella responde: "lo voy a matar", generalmente esos términos los utilizan; entonces allí no, no veo yo lo que podríamos denominar el concepto delictivo, no lo veo configurado, no entiendo que se hubiera estado a, usando este medio para cometer un crimen, y bueno, (47:42") si hay una barbaridad peor que penalizar la expresión creo que es la de llamar esa expresión "terrorismo", y pretender que es terrorismo lo que ese estudiante llevó a la práctica, porque el terrorismo tiene en nuestro sistema jurídico sus propias características: el terrorismo hoy por hoy es un delito, en efecto, pero en qué consiste: en todas aquellas conductas de una persona orientadas a generar pánico, terror en la población, a causar en la comunidad unas situaciones de tensión máxima, de violencia inclusive, sobre la base de que se va a hacer o se están haciendo cosas que en cualquier momento pueden afectar en su vida o en su integridad a los componentes de esa colectividad; entonces, evidentemente, poner una bomba: es terrorismo, o eh utilizar unos mecanismos de contaminación de las aguas, o de los alimentos: es terrorismo, no me cabe ninguna duda, pero hacer uso de un medio para manifestar una expresión de disgusto, o de rechazo respecto a una persona, no me parece que pueda ser jamás calificado como terrorismo; esa calificación es a todas luces exagerada y como exagerada, desproporcionada, e injusta; cuando además en este caso concreto se está violando otro principio constitucional que es el de la igualdad, y en la medida en que se viole el principio de igualdad aquí se comete una injusticia, porque eh son muchos los casos en que las redes de internet, aquí en Colombia y en el mundo, se han usado para lanzar diatribas, que repito no comparto, contra otras personas, pero, ataques de muy distintas características, inclusive ese llamado a matar a alguien no se hizo solo en este caso con el hijo del Presidente de la República, si no que se ha hecho con otras figuras tanto en Colombia, repito, como en distintos países, entonces, diríamos, por qué se persigue únicamente a este estudiante y si ese es el rasero con el que ha de ser medido, lo que corresponde a un desconocimiento de la libertad de expresión, por qué entonces ese mismo rasero no es utilizado con otras personas que han usado los mismos medios para los mismos efectos; yo creo que ubicándonos en esos términos, ya se me agotaron hace rato los segundos, podemos entonces intercambiar criterios sobre el tema, muchas gracias (cede el micrófono Guillermo Hoyos).
(51:13")
51:16"
Guillemo Hoyos: muy buenas tardes, reitero mis agradecimientos a la universidad por invitarnos, a Peñuela, a los colegas de la mesa, eh, pues (no puedo detallar), yo creo que ya no habría mucho que decir a la hora de la verdad, afortunadamente los que saben de los dos temas ya dijeron algo con lo que yo estoy ciento por ciento de acuerdo, tanto los decanos de artes de una y otra universidad, como la posición, que yo siempre he respetado mucho, de José Gregorio, como un jurista, de... desde una perspectiva, a la hora de la verdad, se te, se te salió el proporcionalismo desde una perspectiva eminentemente comunitarista que también hay que (caer) en cuenta que tiene sus bondades, que el derecho no solamente es liberal, si no que el derecho también tiene otra serie de componentes importantísimas, el principio de proporcionalidad es un principio, yo creo que viene ya de la analogía de Aristóteles (mira a José Gregorio) y me parece
José Gregorio: (...)
Guillermo Hoyos: ...y me parece muy importante, bueno, porque el nuevo derecho a la hora de la verdad reconoció los límites del derecho puramente liberal, y cae en cuenta (...) lo primero sería, como, como (...) de todas maneras ratificar mi, mi, mi acuerdo, absolutamente completo, tanto en la visión jurídica de José Gregorio como con la visión desde el punto de vista de las humanidades y las artes de los dos colegas de las dos escuelas y apreciando mucho la, la solidaridad que ha tenido la Tadeo Lozano, no esperaba ninguna otra cosa de, de José Fernando y su gente, la solidaridad que han tenido en este caso con este muchacho; eh yo quería comenzar de una manera muy, muy autobiográfica, en... para referirme a un autor que, que lo he expuesto las dos veces que me han invitado aquí, y es Schiller. Yo tenía diecisiete años, acababa de salir del noviciado de los jesuitas (seguía de jesuíta) y yo creo que la primera obra de teatro que me leyeron fue "Los Bandidos" de Schiller, yo, sin tener mucha vena estética, pero a mi creo que me marcó esa obra del, del romanticismo alemán, eh, precisamente por la perspectiva que se pinta ahí, son unos bandidos, y uno durante toda la obra casi que vibra con esos bandidos, a la hora de la verdad, inclusive frente al estado de derecho, claro el estado de derecho es en el momento, y lo que pinta ahí Schiller, no es necesariamente un estado de derecho demasiado consistente, en las "Cartas para la educación estética del hombre" eh Schiller eh comenta que la fortaleza de la dimensión estética, del arte, es precisamente el enseñarnos a que la vida es fundamentalmente (...), es fundamentalmente juego, vamos a (analizar) esa dimensión importantísima que se ve ahí, y que Schiller desarrolla de una manera fantástica, en el medio entre los juicios constatativos de que hablaba el señor Decano (mira a Víctor Laignelet) y los juicios normativos de la moral, de manera que él lo que quiere manifestarnos es que la mediación precisamente entre la moral y la ciencia nunca la encontraremos si no es en la dimensión estética, eh, inclusive acentúa y eso lo retoma muy bien Habermas, cómo los juicios de la dimensión estética son juicios en cierta manera singulares, es decir, ya lo dijo José Gregorio, a él no le gustaba ese museo, pero por el hecho de que a él no le gustara ese museo él va a decir, ni siquiera dice que es mala, mal arte, alguien podría decir, "es mal arte", pero no va a decir "está prohibido", es decir, "no es verdadero", entre comillas, por así decirlo, "no es correcto", por así decirlo, en... (de manera) que este es el primer punto que yo creo que una sociedad, la colombiana, esta que no se ha puesto en pie contra lo aberrante de un muchacho a los veinte años, por una ligereza, esté privado de la libertad en un cárcel, como las cárceles nuestras, ese... es muy curioso una sociedad que no sepa distinguir entre una ligereza y el terrorismo, (eso a mi me parece delicadísimo), a mi por eso me, me gustó mucho las primeras declaraciones, o los primeros manejos del tema, por parte de la Tadeo Lozano, fue inmediatamente asumir uno de los argumentos de la familia, y era la hoja de vida del muchacho, y esto ya es un argumento en parte, en parte estético, José Gregorio ya lo dijo suficientemente, el, la dimensión estética, la de lo simbólico, la de la performance, lo de lo performativo, la dimensión de ustedes es expresión. Habermas dice comentando a Schiller, "el arte es comunicación", es decir, es expresarse; ahora, la expresión no es expresión de una opinión, es fundamentalmente expresión de lo que uno es, y por eso en arte es donde se juega la categoría de autenticidad, en arte es donde se juega la categoría de veracidad, en arte es donde se juega la categoría fundamental de identidad personal, entonces eh una sociedad que no es capaz de distinguir entre la ligereza, y la ligereza yo la pondría desde el punto de vista de que bueno, hay una alusión a la vida, ya lo dijo el Decano de la Tadeo, que es complicadita, hem, pero más de eso, yo no, yo no creo que hay más de eso a la hora de la verdad; por eso yo me atrevería a seguir adelante y empatando con lo que dijo aquí el colega de aquí de la Distrital, hem, un caso como estos nos indica, y yo no dejaría la discusión para cuando termine el caso, Decano, yo creo que la discusión se la debemos en este momento al país, y la discusión se la deben fundamentalmente ustedes, es decir, ustedes tienen que salir en este momento a defender el estatuto moral, de sensibilidad moral, de identidad personal, de cultura, etcétera, etcétera, que se gana gracias a la dimensión estética y aquí hay una demostración de que esta sociedad no sepa distinguir entre un símbolo, que no sepa distinguir entre diversas maneras de expresión, por así decir, que no sepa distinguir siquiera entre expresión y terrorismo, ahí sí estamos varados, porque realmente es una señal de que somos menores de edad en esa tercera dimensión del ser humano, no tercer en orden lexicográfico, que Habermas ha puesto muy claro "verdad", "corrección", y "veracidad" o "autenticidad", en el mismo plano, por así decir, y nosotros en el área de las humanidades y las artes, de la estética, nos han tratado, o han tratado ustedes de (...) ahí estamos los filósofos muy cerquita, es un área que nosotros sabemos todo el atraso en que estamos, desde el punto de vista de las políticas (...) etcétera, y es un área de la que si mucho escuelas especializadas o escuelas de arquitectura, pero qué decir de la población, esto es atraso cultural, a la hora de la verdad, es, es decir, esto es vergonzoso, que la expresión de este, de este compañero de ustedes, que la expresión de este compañero de ustedes se señale como terrorismo, es decir, es decir, eso va mucho mas allá de la expresión que utiliza mi esposa de "confundir el perro con San Roque", pero por favor; entonces, y yo creo José Gregorio, y aquí sí va una pequeña anotación, yo creo que el derecho en Colombia, tampoco es que sepa mucho de arte (pausa) sabe de libertades pero de este tipo de cosas, a mi, a mi este cuento de la interdisciplinareidad habermasiana de los tres mundos, el mundo objetivo, el de la verdad, el de las ciencias duras, que es en el que decimos que es el de la competitividad, es a lo que se dedica Colciencias, es para lo que hay plata, el otro nivel, naturalmente el nivel de las ciencias sociales, de la política, del derecho, pues bueno, el derecho adquirió su estatuto en, en la constitución del noventayuno, el nivel de la justicia, y yo creo que precisamente por eso por lo que ahora le están disparando tan duro, el tercer nivel, de la humanidades y las artes, la dimensión estética, la dimensión dramatúrgica, la posibilidad de leer "Los Bandidos" de Schiller, un poco como, como me gusta decirlo a mi, quien no ha vivenciado el sentido de "Los Bandidos" de Schiller, el día que se siente tentado a ser bandido, pues muy probablemente de una!; de manera que es, eso es lo bello de la dimensión estética, de la dimensión simbólica, ese es el sentido eh, el sentido performativo, por así decir, pero no tan performativo que lo que se expresa simbólicamente ya sea realidad, y por supuesto que, que si el derecho no sabe mucho de la dimensión estética, he, qué diremos de la política, y aquí tenemos un caso totalmente concreto, hombre yo creo que la condena de este muchacho no es meramente jurídica, es una condena eminentemente política, en un momento coyuntural en el cual eh los hijos del Presidente venían de sus zonas francas y de sus eh de sus basureros y de todo este tipo de cosas y, y bueno le sirvieron en bandeja la cosa, inclusive el, el hecho venía desde junio, no? y reventó en octubre, de manera que ahí uno tiene que ver qué fué lo que pasó en medio de todo eso, y yo estoy seguro que ahí hubo una, una cuestión política sumamente delicada, por lo tanto, la primera enseñanza, y y suponiendo que esto va a salir bien, aunque yo creo que de todas maneras va mal, es decir, yo no entiendo una Fiscalía que judicialice esto por terrorismo, es que esto, José Gregorio, esto daría para ir a la Corte Penal Internacional para que destituyan toda esta partida de tipos, es que no saben derecho, (no sé) a qué escuela de derecho fueron, y luego están felices porque están estrenando la división judicial de, de justicia electrónica, todo este cuento, están felices porque creen que ya pueden competir con el imperio en todo lo que son crímenes electrónicos, cosas de estas, y, y, y se lo sirvió en bandeja (este muchacho) un poco falto de experiencia, bizoño, y se lo sirvió en bandeja, y en todo esto, el caso reina, es el caso reina para demostrar que, que esa unidad antiterrorismo por vía de internet sabe lo que está haciendo y realmente va a juzgar todo este tipo de cosas, a mi me parece absolutamente escandaloso, desde el punto de vista de la ilustración (...) y sobre todo, desde el punto de vista moral, yo no puedo entender, y aquí me confieso naturalmente de nuevo, ignorante del derecho, pero yo creo que existe una filosofía del derecho, no exagerando, como Kant, que el derecho se (deduzca) de la moral, pero sí una filosofía del derecho en la cual los límites del derecho son la moral y los límites de la moral son el derecho, y el argumento que está dando la universidad y que da la familia, es, hombre, antes de, de, de considerar este, esta expresión simbólica, virtual, como terrorismo, o todavía si quieren un poquitico menos, de pronto se lo bajan a eso, intento de homicidio, hombre, me perdonan, pero, pero (............) me hacen el favor y me lo contextualizan, me hacen el favor y toman la persona, me hacen el favor, sobre todo si la persona te da muchas garantías de identidad personal por ser alguien que se dedica a lo simbólico, a la estética, al arte, de manera que mi primera conclusión, y yo sería partidario de que de una vez empecemos a dar el debate, aquí hay un síntoma de lo mal que andamos en formación estética, de lo mal que andamos en formación cultural, y lo dijo aquí el colega (señala a Ricardo Lambuley) y, y resulta que de eso mal que andamos la va a pagar este pobre muchacho por una imprudencia, por una ligereza, que hasta allí calificaría yo lo que, lo que él hizo; yo quisiera (.........) yo sé que José Gregorio tiene que ausentarse, no sé si de pronto antes de ausentarse (nos regala) unos cinco minuticos para que de una buena redondeada eh para que saques el, la estocada, y lo remates...
(1:06:23")
(1:06:23") José Gregorio Hernández: (1:06:24") bueno eh, estamos muy mal en formación artística y en todas estas áreas pero desde luego este caso acusa también una mala formación en el campo jurídico: es decir, las decisiones judiciales, como antes decía, tienen que ver con los principios o los postulados dentro de un estado social de derecho; es que los jueces tienen que asumir, como también el gobierno, como también el Congreso, y en general la comunidad, unas actitudes acordes con el concepto del estado social de derecho; en el estado social de derecho, y la constitución política en su artículo primero así lo destaca, tiene lugar de primer orden la consagración de unos específicos fundamentos de los sistemas jurídico. Esos fundamentos se proyectan a todo el ordenamiento constitucional y a todo el ordenamiento legal y en general a todo el orden jurídico; eh, (1:07:48") dice en nuestra constitución que el Estado Social de Derecho está fundado, ante todo, en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo, la solidaridad de las personas que la integran, y la prevalencia del interés general, pero quiero insistir: en el respeto de la dignidad humana; parte muy importante del respeto a la dignidad humana está constituida por el respeto a sus derechos fundamentales; la libertad de expresión está concebida como un derecho fundamental porque es inherente a la misma condición del ser humano, está ligada, forzosamente, a la dignidad del ser humano, porque si la libertad de expresión no se reconoce, y si por expresarme me castigan, me están ofendiendo en lo más profundo de mi dignidad, porque me someten a un proceso que no está previsto para ese tipo de situaciones; (1:09:05") la confusión, obviamente, aquella a que usted se refería Doctor (a Guillermo Hoyos), esa, esa, falta de sindéresis, de razón, que implica confundir una expresión, un símbolo, una, unas palabras que pueden también mirarse desde una perspectiva eh, del, del sentimiento, de contradicción, de no aprobación, pero no necesariamente conectadas con el delito, es una confusión sumamente grave en un sistema jurídico, y yo creo que en el mundo no entenderían, porque son muchos los casos que se han tramitado en otros tribunales, en otros estrados, no entenderían cómo esa semejante confusión se produce, sobre todo con el calificativo de terrorismo, (1:10:12") pero digan lo que, lo que puedan decir sobre el tipo delictivo, puede ser que manifiesten: "no, no se trata entonces de terrorismo" y de pronto quitar esa calificación y dicen: "intento de homicidio": tampoco, porque necesitaríamos unos elementos tangibles que nos vincularan a que realmente la persona adelantó unas actividades, que estaba haciendo un plan, estaba decidida esa persona a cometer un crimen; tampoco es instigación al delito, porque se podría pensar, aquí lo que está haciendo es instigar a cometer el homicidio: quienes utilizan las redes sociales entienden muy bien este lenguaje. (1:10:54) Lo que no entienden los jueces, o no están entendiendo los fiscales, sí lo entienden los que no tienen ninguna formación jurídica que son los que acceden al internet; estas expresiones utilizadas por el, por el estudiante, son comprendidas por los otros estudiantes, y por las personas que pertenecen a ese, a esas redes, eh, esa comprensión, de quienes hacen parte de lo que podríamos denominar esa comunidad particular del facebook, es muy importante también y la debería considerar el juez; yo estoy seguro que quienes eh acudieron a esa página, del facebook, no he... sí ellos entendieron de qué se trataba... no creo que ninguno de los que acudieron eh hubiera pensado: "bueno, entonces ahora tengo que conseguirme un fusil y, y tengo que dirigirme a los lugares que frecuenta el hijo del Presidente, para matar al hijo del Presidente", yo no creo que esa comprensión haya habido, y en esa medida, pues no se configura el delito. Es lo que quería decir, quiero presentarles disculpas por retirarme antes, he sido convocado a una reunión en el Consejo de Estado, corporación de la cual soy conjuez, entonces es indispensable acudir a esa, a esa reunión de conjueces y eso no tiene escapatoria, de tal manera que les presento disculpas, les agradezco por supuesto la atención, y espero que en este fecundo diálogo, Doctor (a Guillermo Hoyos) que ustedes van a, a adelantar, se tengan en cuenta estos argumentos que me parece que emanan del ser mismo de la Constitución y que tienen firme arraigo en la jurisprudencia; jurisprudencia que si los fiscales hubieran confrontado seguramente no les habría permitido adoptar las decisiones que adoptaron. Muchas gracias.
(1:13:12)
(aplausos, moderados pero audibles, del auditorio)
1:13:09"
Transcripción, observaciones e índices sujetos a desarrollo, cambios y actualizaciones por Pablo Batelli
Publicado originalmente en : esferapública
4:31"
Víctor: quiero agradecer a la Asab y a Jorge por, por su interés en esta situación, en este caso, por invitarnos a nosotros, a Ustedes por su presencia, yo trataré de hablar por ahora brevemente y después expresar (interrupción) ¿se alcanza a oir? no... Bueno trataré de hablar por ahora brevemente y después espero que pueda haber algún tipo de ronda y abrir un diálogo o un debate según sea el caso... Lo que haré al principio será primero comentar cómo fue, la mayoría de ustedes supongo que conocen el caso pero voy a hacer una síntesis de la situación, después contarles un poco cuál ha sido la posición del programa de artes de la Jorge Tadeo Lozano, donde Nicolás Castro es estudiante, y finalmente de pronto abrir algunas inquietudes con respecto al, al problema en cuestión desde el punto de vista del arte. El caso como Ustedes saben, Nicolás Castro fué detenido el dos de diciembre, se le imputó haber abierto en facebook, (un) facebook, con, con, con, con, un grupo con el nombre que implicaba una amenaza eh, se comprometía a, a asesinar a, al hijo del Presidente Uribe. Tenemos entendido que la imputación que le hizo la, la acusación que le hizo la Fiscalía tenía que ver con una instigación a cometer delito, con el agravante de homicidio, con fines terroristas. Eh, esto fue el resultado de un proceso largo, aparentemente unos cinco meses de seguimiento del caso, en lo que, según la prensa, dicen participó el FBI, en la Universidad parece que hicieron algunas indagaciones de las cuales nosotros no estábamos enterados en tanto que era un caso pues que implicaba reserva, hasta el día en que lo... él fué notificado en un momento dado de que estaba este proceso y tenía este problema con La Fiscalia y se acercó y habló con La Fiscalía, pero el caso digamos que siguió evolucionando hasta que llegó a ese punto. Otro de los elementos complicados de este caso es que los dif, los distintos seguimientos que le hicieron, aparecían unas conversaciones con una amiga de él, donde aparentemente bajo el pseudónimo de "cuervodelsalado" pues eh aparecía también digamos, eh, algunos, algunos comentarios que lo, que lo, que lo, que harían pensar que era la misma persona que había abierto el facebook. Hasta ahí digamos lo que parece ser, lo que, en síntesis, el caso, digamos, eh, lo que... Bueno, lo mas reciente digamos, es que, digamos, sentimos por supuesto que nosotros creemos que hay una completa desproporción en la acusación, el agravante con fines de homicidio, el agravante es (...) con fines de terrorismo, pues por supuesto es algo insostenible, y, y, en la medida en que no se ha podido demostrar por ninguna, de ninguna manera que hubiese ningún tipo de comportamiento independientemente del tema de la página en facebook que pudiese demostrar que el estudiante Nicolás estuviese haciendo algún tipo de acción directa o plan, o, o vínculos con otras personas, o estuviese desarrollando un plan o algo, (en fin, eso) parece que no es sostenible desde ningún punto de vista y está claro para nosotros, digamos, los que hemos estado analizando eso en el programa, que, que, que hay, hay una situación política claramente enmarcada y un interés de hacer un escarmiento en ese caso en particular, y un (...) en la justicia en la medida en que ha habido muchos casos de acusaciones y amenazas por facebook , eh, particularmente a personas de la oposición, y que no han recibido, digamos, eh, ningún tipo de atención y mucho menos el despliegue que tuvo este caso. Hum... por otro lado, pues hay una serie de factores que hay que tener en cuenta, como es el tema del lenguaje, y el contexto de facebook, y el lenguaje que se maneja allí, eh, lo último que nosotros sabemos, hemos estado en contacto pues con la familia, con la abogada, con el Papá y con la Mamá, eh, de Nicolás, en la medida de lo posible, lo que sabemos que está en el caso ahora, es que la, la defensa hizo, entre, entre, entre las solicitudes que hizo, una consistía en que consideraban que debido a que no había ningún agravante que pudiera implicarlo en un caso real de terrorismo, no debería estar en la sala en la cual se hicieron los descargos, que es una sala antiterrorista, he... aparentemente hay un proceso que empezó a moverse en esa dirección hace muy poco, cuando se pudo tener la primera audiencia, pudieron hablar los primeros veinte minutos reales, digamos, y el tema pasa en este momento, para tomar esa decisión si es en esa sala o en otra, tengo entendido, a la Corte Suprema de Justicia, eh, esto implicaría que existe la posibilidad de que, de que la Corte se pronuncie diciendo que no corresponde a esa Sala Antiterrorismo ventilar el caso, lo cual eh, supongo yo que eliminaría el agravante de la acusación de la Fiscalía de fines, con fines terroristas. El tema de instigación para cometer un delito, en términos de homicidio, no sé que pase en ese caso, entonces de todas manera la Corte va, en estos días debe estar por pronunciarse, pero aparentemente parece que la primera citación que le hicieron ayer ya no fue en la misma sala, luego de pronto el tema con respecto al terrorismo puede haberse movido pero francamente (...) yo les cuento como en síntesis en qué está la situación eh, de Nicolás ahora.
Por otro lado, desde el punto de vista del programa, hum lo primero que hemos expresado, pues todo el cuerpo de docentes, y de profesores, y de los estudiantes por supuesto, primero ha sido una manifestación de afecto por Nicolás (...) y eh los estudiantes del programa de Artes pues se han, han tenido distintas reuniones y amigos de Nicolás entre ellos, tengo entendido que con estudiantes de la ASAB y otros grupos de personas, un grupo que se han venido reuniendo, para discutir el tema, para hacer debates, para ver qué reacciones pueden tomar, qué actitudes, que formas de expresión son válidas hacer, y el programa pues ha estado, digamos, cercano a esas discusiones, hemos participado en algunas de ellas, pero también sobre todo hemos considerado que es muy importante que los estudiantes tengan autonomía para expresarse. Desde el punto de vista del Rector de la Universidad, también expresó eh personalmente, eh un mensaje diciendo que los estudiantes tenían plena libertad de expresarse como consideraran que era correcto hacerlo, eh, esa ha sido digamos en breve un poco la situación, como planes lo que tenemos en el programa nosotros es eh, conti, a, a Nicolás le faltan once créditos para terminar su, su carrera, entonces lo que hemos pensado nosotros es eh, continuar la formación de Nicolás, tratar de, de, de, de digamos eh, atravesar un poco los muros que lo separan desde la prisión, y, y ver que el programa podía encontrar modalidades más flexibles para poder eh, eh, ofrecerle a Nicolás unos, un, una mod, unos sistemas de modalidad pedagógicos que se aclo, se acoplaran al contexto en el que está eh, ha habido una, una proposición a, a los profesores, a aquellos que en toda su libertad hayan querido consentir en eso para que puedan hacer tutorías y poder visitar a Nicolás, hacer tutorías y que él pueda acabar las asignaturas que tiene pendiente, y el proyecto de grado. Luego digamos que este es un plan completo que estamos trabajando y diligenciando con la universidad, estamos en proceso a realizar y estamos así digamos haciendo las diligencias con, con la universidad, con los abogados y haciendo un plan de estudios para, para abordar este tema. Digamos que hasta ahí yo haría la primera síntesis del caso de Nicolás, para muy pronto dejarle las palabras a, a, a Ustedes (se refiere a los otros miembros de la mesa) pero yo antes de entrar a hablar más de fondo yo quisiera mencionar que me parece que, que el tema es muy, muy complejo, eh por otro lado pienso que hay dos ámbitos, que es el ámbito del arte, y el ámbito de la justicia, en términos de la libertad de expresión creo hay que abordarlo desde dos ángulos distintos, y aquí tendremos la oportunidad de, de escuchar esos dos aspectos, más otras reflexiones con respecto a lo que nos está convocando en términos de la libertad de expresión en general, y relacionada con, con algunos casos en particular, y de alguna manera con el caso de Nicolás que en este momento pues es central, es en parte la motivación de esta reunión y reflexión, eh, son dos ámbitos distintos, y, y por supuesto muy complejos, yo tengo que decir una cosa acá y es que yo no me siento en libertad intelectual de hablar en profundidad eh, sobre este caso, y no me siento en libertad intelectual de hablar sobre el caso de Nicolás porque eh, estamos en una situación que está frente a un juicio, eh, de tal manera que, hum, me parece que, que puede ser difícil y peligroso hum que en las palabras que podamos decir o eventualmente yo como Decano del Programa de Artes donde él está estudiando pueden eventualmente ser tomadas como voz de expertos sobre el tema y puedan ser utilizadas en el juicio, de una u otra manera, a favor de una y otra cosa que se me escaparía a mi por completo de, de, de, de manejar, entonces yo quiero hacer esta aclaración, digamos, porque... y hago esta aclaración porque a mi me parece importante que una vez esta situación se resuelva en la instancia jurídica pudiéramos entrar a una discusión ahí sí realmente abierta digamos en términos intelectuales desde el punto de vista del arte, porque yo creo que hay elementos críticos dentro de la situación y creo que hay que hacer una reflexión crítica sobre, sobre este caso, digamos... eh, por un lado, eh yo hago una aclaración, yo se la he dicho a los, a los, a los padres de Nicolás y, y cuando (...) con Nicolás también eh en una visita que pensamos hacerle pronto también a él y a los estudiantes, es que yo considero pues fundamental el respeto a la vida y, y desde ese punto de vista me parece que para mí es una posición ética incontrovertible y me parece que desde el punto de vista de la libertad de expresión me parece que el respeto a la vida debe mantenerse, es el límite para la libertad de expresión, hum, por otro lado me parece que hay que tener en cuenta muchas cosas en términos de lenguaje, yo, yo creo que hay, e, en, en, en la, en la frase utilizada me parece que hay que tener en cuenta a manera de atenuante de todas maneras el lenguaje que se utiliza en facebook, atenuante digo (...) responsabilidad de cada quien con lo que dice, pero me parece que hay un lenguaje en uso en el facebook que, que está poblado de amenazas en todas las direcciones y que justamente por falta, por impunidad desde hace tantos años con ese lenguaje, particularmente porque la mayoría de amenazas iban dirigidas a personas de la oposición, pues no se hizo nada con respecto a esto y se volvió una especie de lugar común que cada vez mas per, cada vez más personas lo, lo utilizaban, y me parece que eso es algo que hay que tener en cuenta desde el punto de vista del lenguaje, eh, yo tengo la impresión de todas maneras que Nicolás no ha dicho hasta ahora que la expresión que él utilizó allí lo haya hecho en nombre del arte (mirada muy atenta de José Gregorio Hernández) y por otro lado me parece que habría que hacer, en un futuro, digo no, no lo considero ahora oportuno hacer ese debate, pero me parece que, que hay que hacer un debate sobre la naturaleza del lenguaje del arte, y la diferencia entre lo que es un lenguaje denotativo y lo que es un lenguaje, eh, en arte digamos, poético, el lenguaje en arte es polisémico y tiene distintos niveles de sentido, mientras que otros tipos de lenguaje son denotativos donde "esto es igual a aquello", eh, no sé desde el punto de vista jurídico la utilización del lenguaje cómo esa frase pueda ser manejada respecto a la relación entre lo denotativo y lo connotativo pero me parece que ahí hay una diferencia importante y sustancial que yo creo que en una discusión más profunda deberíamos abordar porque creo que dentro de las prácticas críticas del arte eh es justamente el lenguaje del arte el que permite y genera un espacio donde esto se pueda realizar justamente dentro del marco de esa característica del lenguaje que, por ser polisémico, creo yo, no se dejaría atrapar nunca dentro de una, digamos, dentro, dentro del orden de lo jurídico, y finalmente me parece que es importante también hacer esta eh, esta reflexión, porque hay una tradición de arte político en Colombia, que ha costado mucho trabajo, que ha venido tomando tiempo que tome cierta posición y es un espacio conquistado con trabajos que han tenido una investigación profunda sobre espacios en concreto, digamos, y yo creo que es, es de, es una responsabilidad no colocar todo en la misma canasta... esto es como lo que yo pienso en términos generales y después si quieren haremos una charla más amplia (cede el micrófono a José Gregorio Hernández).
Jorge Peñuela: bueno, entonces ahoritica si vamos a escuchar al maestro Ricardo, que (va) a hacer una presentación de la Facultad, esta es la posición personal de él con respecto a la libertad de expresión en el arte, y pues...
(17:06")
Ricardo Lambuley: bueno, buenas tardes para todos, darle las gracias al maestro Hoyos, al Doctor José Gregorio Hernández, al Maestro Laignelet, y al profesor Jorge Peñuela, por motivarnos a tocar temas que a veces parecen no ser de la Academia, a veces parecen ser temas de otros (...) distintos y en esto, menos pareciera ser problema de los artistas, entonces a mi esto me parece que es un tema que eh obviamente requie, requeriría forzosamente de poder desentrañar qué es lo que ten, qué es lo que entendemos, cuáles son las nociones basicas en lo que entendemos por la noción de Estado, o la idea de Democracia, qué es lo que está detrás de esto, qué el lo que está detrás de la noción jurídica y normativa del Estado Social de Derecho, que harían que comencemos a desentrañar esto que termina siendo terriblemente perverso y es que fácilmente puede ser eh, deslegitimada una acción de expresión bajo el, el precepto, o bajo la noción o la categoría de terrorismo, yo en eso solamente quisiera eh, llamar la atención y poner de parte de la Academia, hacer, hacer visible que nos corresponde a los artistas, a los estudiantes de las Universidades Públicas la posibilidad de comenzar a poner en tela de juicio lo que aparentemente es normal y no debería ser así. Y en esto solamente quisiera eh trabajar con tres puntos que quiero señalar; uno, el tema como se entiende hoy la noción de cultura y, un poco para poner un paradigma entre lo que sería el cul, el multiculturalismo y la interculturalidad, me parece que en el primer caso el multiculturalismo pues es una especie de noción eh que se vuelve un abstracto universal para decir que en este espacio coexistimos muchos distintos, pero esa, ese abstracto universal funciona y es (...) mientras esos otros no pongan en peligro mi estatus de poder, y ahí viene para mi el, la primera gran diferencia, y es que la interculturalidad la estamos entendiendo como un proyecto a desarrollar, donde hay que reconocer que en este conflicto y en estas luchas hay otros que también pelean por el poder, y que en esa posibilidad tendríamos todos que sentarnos en la misma mesa para reconocer al otro, vuelvo y insisto, en la medida en la que reconocemos que el otro también tiene luchas de poderes, pero que ese, esa otra lucha también es legítima, porque el otro es muy fácil, reconocer que el otro existe allá, pero mientras el otro no me genere a mi ningún peligro, pues, (puedo) decir que el otro existe, es un poco como, entiendo yo, sucedió con la constitución del noventayuno, la constitución del noventayuno declaró que este país era pluriétnico, multicultural, pero con eso no ha pasado nada en términos de cultura, es muy poquito lo que ha pasado, no voy a decir que no, obviamente no voy a desmejorar, porque fue un avance desde el punto de vista institucional y jurídico, pero desde el punto visto de políticas sigue siendo totalmente discriminatoria las políticas de este estado con las comunidades negras, sigue siendo totalmente discriminatoria las políticas de este estado con la comunidades indígenas, y la academia sigue siendo terriblemente ausente cuando se trate de reconocer la cultura y los valores que han generado esas comunidades, entonces en esto yo llamo la atención porque el tema de la libertad de expresión estaría un poco pensado, ¿de cuál libertad de expresión estamos hablando?, ¿de la libertad de expresión de un marco jurídico, social de un modelo capitalista, que en el fondo lo único que busca es posicionar a los grandes eh actores de las industrias? y en el caso nuestro de la industria cultural, entonces a nosotros artistas se nos reclama la creatividad, siempre y cuando la actividad posicione no siempre al artista, si no posicione a los dueños de las empresas culturales, y es lo que hoy día tenemos como normas de derechos de autor y de propiedad intelectual, no es nada, no es ninguna otra cosa que la posibilidad de que las arcas de aquellos que hoy en día conducen las empresas culturales no se vayan a vaciar nunca, entonces (...) me parece que eh, el llamado sería, la libertad de expresión tendría que tener algunos elementos básicos, y el, y el primero de ellos, es permitir que haya un estatus dialógico de lo que no se considera institucional, de lo que no se considera "narrativa institucional", donde podamos poner, en ese sentido, tanto lo paradigmático como lo obtuso en la misma mesa, hoy en día lo obtuso es desdeñado, es eh, eh, racionalmente quitado de la mesa, por eh, por una epistemis llamada "razón", que la modernidad impuso, desde otro punto de vista me parece que la libertad tendría que forzosamente arrancar por el ejercicio político de posicionamiento de todo aquello que la razón no ha logrado capturar, para fortuna nuestra, estoy hablando de los afectos, estoy hablando de la solidaridad, de la que habla el profesor, estoy hablando de la comprensión de un otro, estoy hablando de todas las posibilidades, tanto de afecto como de angustia, que tendrían que estar presentes a la hora de hablar de la libertad de expresión, porque, libertad de expresión, en un marco eh, de un estado jurídico que no vela si no por ciertos intereses pues resulta relativamente sencillo, porque de esa misma manera resulta relativamente sencillo discriminar al que necesitamos opacar... eh, para terminar, me parece que, eh, ese tema de libertad, pues ha sido terriblemente manoseado, y eh, el tema de la expresión, la pregunta es, en este tema de la expresión estamos, hablando de lo real pero también de lo no real, de los lenguajes que han sido posicionados y de los que no han considerado, no han sido considerados lenguajes, y en esto el papel de las artes es fundamental, algún día le oí al maestro Hoyos, en cartagena el año pasado, una, un llamado de atención muy importante que no podemos perder de vista, y es que nosotros no nos podemos dejar meter en el paradigma de la razón por mas de la, que la academia reclame las ideas con un, una construcción o (como) un espacio para la construcción social, nosotros tendríamos que estar siempre más allá de esa posibilidad, porque el, porque esa parece ser el destino de las acreditaciones y de todos estos modelos de eh, control, y dispositivos de control que existen hoy en día, y que nosotros mal podríamos caer eh, en, en la lógica de la narrativa institucional pensando que la educación, la mejor calidad de la educación estaría a través de las acreditaciones, estamos convencidos de que la mejor educación de este país está cuando haya distribución equitativa del ingreso, cuando haya salud para todos, cuando haya educación para todos, ese día habrá mejor calidad de la educación, no cuando estemos mostrando indicadores a diestra y siniestra, como nos toca ahora, eh, para tratar de eh, trasladar o traspasar unos requerimientos institucionales, entonces yo, digamos, dejo este terreno porque sí quisiera que de fondo comenzáramos a desentrañar de cuál libertad y de cuál expresión estamos hablando, libertad de expresión ¿en qué marco?, para saber qué, qué realmente intentamos apoyar, de qué podemos ser solidarios, qué nos competería ser solidarios, teniendo como perspectiva una sociedad distinta, una sociedad absolutamente lejos de la guerra, una sociedad donde resolvamos las con, los conflictos de una manera distinta, y para nosotros en este caso, un país que ojalá hiciera algún día alguna inversión distinta a, cambiáramos la pirámide para que lo que hoy se invierte en guerra se invirtiera en educación, muchas gracias...
Marta Bustos: eh, buenas tardes a todos y todas, el maestro Peñuela me ha pedido el favor que colabore como con la coordinación del tiempo, entonces eh antes de presentar a nuestros invitados quiero decirles que vamos a tener unos quince minutos para cada uno de nuestros invitados y después eh vamos a abrir la sesión a una, a preguntas, digamos, más que preguntas y respuestas la idea es que podamos hacer un conversatorio a partir de lo que nos están planteando nuestros invitados, la reflexión que se, que se suscitó, con, con la convocatoria que el maestro Peñuela nos ha hecho, y entonces voy a presentar al doctor José Gregorio Hernández, el doctor José Gregorio Hernández es exmagistrado de la corte constitucional, doctor en derecho, académico, docente de varias universidades (...) de, de derecho, de derechos humanos y de constitucionalismo. Eh, es la primera persona que nos va a acompañar en la, en el conversatorio, vamos a tener quince minutos (José Gregorio asiente con una sonrisa y un gesto de cabeza) y después vamos a darle la palabra al maestro Guillermo Hoyos, que es exdirector del Instituto Pensar de la eh Universidad Javeriana, doctor en filosofía, catedrático, humanista, escritor de varios libros de filosofía y de temas de derechos humanos también, entonces le damos la palabra al doctor José Gregorio.
(26:55")
(26:55") José Gregorio Hernández: bueno, muchas gracias, a todos ustedes un saludo muy cordial, le agradezco a la universidad y a los organizadores que hayan pensado que puede ser fructífero este intercambio de criterios en torno a un tema tan trascendental como la libertad de expresión, desde varios puntos de vista, no solamente desde el punto de vista educativo sino desde la perspectiva jurídica y a propósito de casos; (27:30") los casos le permiten a uno entrar a considerar la realidad más allá de la pura teoría; debo advertir, inicialmente que, ante todo, (27:45") voy a hacer una presentación de carácter constitucional, eh jurídico pero no voy a entrar en el terreno propiamente penal, si no que me voy más arriba, me voy al nivel de la Constitución Política, de los derechos que están consagrados en la Constitución y del enfoque que hasta ahora la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha utilizado en distintas sentencias para desarrollar estos conceptos de libertad de expresión y de pensamiento (pausa). (28:23") También debo advertir que no me parece plausible la utilización de un recurso como el internet para ofender a otras personas, para llamar a, a algún ataque contra un ser humano, que no me parece plausible inclusive el uso del internet para eh la exposición de cosas que son relativas a la intimidad de las personas, ahí están de por medio también los derechos de todas estas personas; desde luego, eso lo dejo claro para que no se piense que estoy haciendo una apología de el mal uso de una herramienta tan importante como es el internet y como son las redes sociales hoy por hoy; pero debo hacer el enfoque desde un punto de vista constitucional, (29:30") la Constitución colombiana, en el artículo 20, consagra la garantía a toda persona en el sentido de que gozará de la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones (pausa) la expresión, y así lo ha dicho la jurisprudencia de la corte colombiana, como también lo ha dicho el tribunal constitucional español, lo ha señalado la corte constitucional italiana, lo señaló en el pasado nuestra propia Corte Suprema de Justicia, inclusive a la luz de la Constitución de 1886, que no era propiamente libertaria como esta de 1991, (30:20") la expresión se deduce de la misma condición inteligente del ser humano, la razón humana, la posibilidad que tiene todo individuo de la especie humana por su misma esencia, de pensar, de razonar, lleva necesariamente a que no se quede con sus pensamientos, sus ideas, sus gustos, sus opiniones allá para guardárselos interiormente si no que quiera transmitir a los demás aquello que está pensando, aquello que está sintiendo, aquello que está inclusive presintiendo, aquellas prevenciones que pueden existir en su interior, la expresión implica sacar de dentro algo para manifestarlo a los demás, de suerte que la expresión tiene un ámbito sumamente amplio en el gran marco de las conductas humanas, desde lo mas sencillo hasta lo más complejo; una persona le hace mala cara a otra persona, ahí hay un, una expresión, una persona le hace a otra una cierta mirada, que puede ser insinuante, que puede ser coqueta, que puede ser ofensiva, que puede ser amenazante, eso es expresión, eh, hum, y puede, desde luego, desarrollarse, a partir de esos rudimentos, o de esas expresiones iniciales, se puede desarrollar el concepto de la expresión desde el punto de vista jurídico en el sentido de manifestar, hem, lo que la persona tiene en su interior a través de sus escritos, a través de sus palabras, a través de las obras de arte, precisamente (pausa) (32:52") el escultor expresa unas, una cantidad de concepciones suyas, el pintor, el poeta, el músico, cada uno en su respectivo campo, hum, todo eso está cobijado sin duda desde el punto de vista de la garantía constitucional, como está cobijada la expresión política, eh, no estar de acuerdo con actos de gobierno, no estar de acuerdo con leyes, no estar de acuerdo con sentencias, o estar de acuerdo, y querer apoyarlas, (33:35") todo encaja dentro de la órbita de la libertad de expresión, que tenemos que distinguirla del derecho a la información, en el caso de la información lo que hay es la transmisión, por cualquier medio, desde los más sencillos hasta los más complejos, de unos datos, o unos acontecimientos, de unos hechos, de unas situaciones, en ese sentido la libertad de informar sí tiene unas limitantes, quien informa, como lo dice la misma constitución, se compromete a transmitir una información veraz, imparcial, objetiva, yo no puedo a título de información decirles a ustedes algo que no corresponde a la realidad, (34:28") la información falsa, la información tergiversada, la información manipulada, no están garantizadas en la constitución, porque tiene que haber una relación entre lo que se informa y los hechos que se informan, allí tiene que haber una objetividad, en cambio en el campo de la libertad de expresión hay una gama sumamente amplia de posibilidades, porque precisamente en la expresión también está el concepto de creatividad, yo me expreso de determinada manera, pero mi vecino puede expresarse de una manera totalmente distinta, eh, y cuando un artista, por ejemplo, se expresa de determinada forma, plasmando aquello que concibió, que creó, pues no puede venir a ser interceptado por alguien desde fuera para decirle que "eso que usted concibió, eso que tenía en su interior y que sacó a relucir en la escultura, en la pintura, en la poesía, no puede divulgarse, eso se lo voy a censurar",y resulta que ahí se nos presenta la figura que la constitución rechaza de manera tajante, que es, la censura (pausa breve) (36:10") la censura tiene, puede tener muchos orígenes, generalmente son orígenes oficiales, pero uno podría pensar que otras autoridades, no necesariamente estatales, pueden en ciertas ocasiones asumir comportamientos de censura; la censura no solo se presenta por la prohibición de transmitir un cierto pensamiento, una cierta información, o de presentar una cierta obra de arte, si no que también se presenta con el solo hecho de que haya una vigilancia: la presencia de unos eh censores oficiales de un periódico para (vigilar) a ver cuáles son las caricaturas que mañana van a salir publicadas, eso ya de suyo es censura, porque ya implica que van a pasar esa expresión del caricaturista que, que está haciendo manifestación de lo que piensa, con el ingenio que le es propio, eh, está siendo atropellado ese carit, caricaturista en su derecho, y por supuesto, está siendo sometido a una vigilancia externa, entonces en esa medida se está coartando su libertad (pausa breve) y es que la libertad, justamente, de expresión, en que cada cual puede expresarse como lo considere pertinente, los otros, pues, simplemente tienen que respetar, y el Estado tiene que respetar, hablando del Estado no solamente en su rama eh ejecutiva, en su rama legislativa, si no también en, entre los jueces, que toman decisiones, porque evidentemente puede haber censura judicial, también, podría darse el caso de una determinación judicial que implica censura, en el sentido que o bien se castigue a alguien por haber hecho una expresión, uso de un medio de expresión y haberse expresado, o bien se amenace a alguien por el hecho de querer expresarse, todas estas formas son, por supuesto, constitutivas de censura, (38:48") y la censura se encuentra prohibida en la Constitución Política de Colombia de manera total; es una de las normas que uno podría decir que en la Constitución son terminantes, y qué quiero significar con ello, que no tiene justificación la censura en ningún caso; ahora bien, el... la Jurisprudencia de la Corte Constitucional tiene varios antecedentes tanto en materia de procesos de constitucionalidad, cuando se han juzgado normas que por ejemplo llevan a imponer sanción a una persona por la manera como se expresa, normas que han sido declaradas inexequibles por esa razón, como en los casos de tutela, (39:46") la Corte Constitucional ha protegido por la vía de tutela varias modalidades en la libertad de expresión, les recuerdo apenas un caso, en una sala de tutela de la que hacíamos parte el Doctor Carlos Gaviria, ponente, el Doctor Hernando Herrera y yo, tuvimos que resolver la situación de un escultor que presentaba una exposición con desnudos, inclusive recuerdo mucho que eran desnudos masculinos y claro, eh, cuando se fue a, a hacer la presentación de la exposición el director del museo, al ver que se trataba de esa clase de desnudos manifestó que no se podía presentar, sencillamente: nada, y cuál fue el argumento?: "eso es pornografía"; entonces allí ya uno empieza a ver que en ocasiones hay confusión entre los dos terrenos, cómo, cómo se puede pensar que la, una exposición de arte es pornografía, sólo porque hay unos desnudos? La Corte, en esa sentencia de la cual fue ponente el Doctor Carlos Gaviria, y que apoyé porque me pareció ehem, que es, era una sentencia adecuada a la Constitución del 91, la Corte dió la orden de que la exposición se hiciera con libertad, protegió los derechos de ese artista, diciendo que si al director, o a otras personas, porque el director también decía que no hacía la exposición porque esa exposición, vista por la comunidad en un municipio de Colombia imp, iba a implicar necesariamente escandalizar a esa sociedad, y que él no quería comprometerse en el escándalo y en hacer presentaciones de mal gusto: otra confusión, ejem, y entonces claro, eh, la Corte lo que manifestó es que el que no quisiera mirar esas imágenes, desde luego, nadie está obligado, al que no le guste, a mi personalmente no me habría gustado ver esas imágenes, no le, no le, no me atrae, entonces, pues no las veo, y, y la tutela consistió precisamente en que "haga su presentación, no interfiera el director del museo en esa exposición, y cada cual verá si quiere asistir o no quiere asistir", porque desde luego la libertad de los otros también tiene que ser salvaguardada; eh, (43:04") el concepto de la expresión, ya con los modernos eh medios de comunicación, especialmente con los desarrollos muy grandes que ha tenido la tecnología, y específicamente el internet, y muy concretamente las, las redes sociales y estas organizaciones que tienen hoy tanto auge y que son muy importantes, eso tiene que verse bajo una perspectiva de un derecho dinámico; el derecho no se puede quedar rezagado, el derecho tiene que ir contemplando los fenómenos que se dan en el seno de la sociedad, y tiene que ir buscando regulaciones para esos fenómenos, pero unas regulaciones razonables y proporcionadas; esos conceptos de razonabilidad y de proporcionalidad también son muy importantes y deben ser tenidos en cuenta no solamente por las personas en el uso de los instrumentos respectivos, si no por los creadores del derecho y por quienes plasman las normas jurídicas, así como por quienes utilizan esas normas jurídicas o, o tienen que aplicarlas, como es el caso de los jueces; (44:51") qué pienso yo en el caso específico eh que aquí ha sido tratado, del estudiante de arte de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, eh, repito, desde mi perspectiva constitucional, no entro a calificar el asunto bajo un (test) de derecho penal, no, no voy a controvertirlo, repito, entro más en el terreno del ejercicio de la libertad: me parece primero que todo, que se está haciendo uso, por parte de él, de un instrumento; que uno pueda no compartirlo, es otra cosa, pero que el uso de ese medio de comunicación tenía que darse dentro de un concepto amplio de libertad de expresión es algo que corresponde verdaderamente a lo que les digo me parece que el derecho tiene que comprender, eh, (45:28") no podemos establecer respecto de esos medios una censura judicial; yo considero que el hecho de haber señalado como sancionable, como penalizable la expresión del estudiante, pues es una barbaridad a la luz del concepto propio, constitucional, de la libertad de expresión; como decía el profesor hace un momento (señala a Víctor Laignelet) no, no se han encontrado unos elementos contundentes en el sentido de que el estudiante estuviera maquinando o fraguando, planeando, un crimen, que estu, que tuviera la intención perversa de cometer un homicidio, que estuviera inclusive incidiendo en el comportamiento de otras personas pero eh, de manera concreta en cuanto al crimen; estaba haciendo uso, y así lo veo yo, de su libertad de expresión, era la manera de expresarse, como la tienen las señoras a veces cuando uno dice algo que no les gusta y entonces me contestan: "mire, lo mato": ¿será que me está amenazando de muerte, esta señora, por la manera como reacciona? No, son formas de expresión, digan ustedes públicamente la edad de alguna señora y ella responde: "lo voy a matar", generalmente esos términos los utilizan; entonces allí no, no veo yo lo que podríamos denominar el concepto delictivo, no lo veo configurado, no entiendo que se hubiera estado a, usando este medio para cometer un crimen, y bueno, (47:42") si hay una barbaridad peor que penalizar la expresión creo que es la de llamar esa expresión "terrorismo", y pretender que es terrorismo lo que ese estudiante llevó a la práctica, porque el terrorismo tiene en nuestro sistema jurídico sus propias características: el terrorismo hoy por hoy es un delito, en efecto, pero en qué consiste: en todas aquellas conductas de una persona orientadas a generar pánico, terror en la población, a causar en la comunidad unas situaciones de tensión máxima, de violencia inclusive, sobre la base de que se va a hacer o se están haciendo cosas que en cualquier momento pueden afectar en su vida o en su integridad a los componentes de esa colectividad; entonces, evidentemente, poner una bomba: es terrorismo, o eh utilizar unos mecanismos de contaminación de las aguas, o de los alimentos: es terrorismo, no me cabe ninguna duda, pero hacer uso de un medio para manifestar una expresión de disgusto, o de rechazo respecto a una persona, no me parece que pueda ser jamás calificado como terrorismo; esa calificación es a todas luces exagerada y como exagerada, desproporcionada, e injusta; cuando además en este caso concreto se está violando otro principio constitucional que es el de la igualdad, y en la medida en que se viole el principio de igualdad aquí se comete una injusticia, porque eh son muchos los casos en que las redes de internet, aquí en Colombia y en el mundo, se han usado para lanzar diatribas, que repito no comparto, contra otras personas, pero, ataques de muy distintas características, inclusive ese llamado a matar a alguien no se hizo solo en este caso con el hijo del Presidente de la República, si no que se ha hecho con otras figuras tanto en Colombia, repito, como en distintos países, entonces, diríamos, por qué se persigue únicamente a este estudiante y si ese es el rasero con el que ha de ser medido, lo que corresponde a un desconocimiento de la libertad de expresión, por qué entonces ese mismo rasero no es utilizado con otras personas que han usado los mismos medios para los mismos efectos; yo creo que ubicándonos en esos términos, ya se me agotaron hace rato los segundos, podemos entonces intercambiar criterios sobre el tema, muchas gracias (cede el micrófono Guillermo Hoyos).
(51:13")
51:16"
Guillemo Hoyos: muy buenas tardes, reitero mis agradecimientos a la universidad por invitarnos, a Peñuela, a los colegas de la mesa, eh, pues (no puedo detallar), yo creo que ya no habría mucho que decir a la hora de la verdad, afortunadamente los que saben de los dos temas ya dijeron algo con lo que yo estoy ciento por ciento de acuerdo, tanto los decanos de artes de una y otra universidad, como la posición, que yo siempre he respetado mucho, de José Gregorio, como un jurista, de... desde una perspectiva, a la hora de la verdad, se te, se te salió el proporcionalismo desde una perspectiva eminentemente comunitarista que también hay que (caer) en cuenta que tiene sus bondades, que el derecho no solamente es liberal, si no que el derecho también tiene otra serie de componentes importantísimas, el principio de proporcionalidad es un principio, yo creo que viene ya de la analogía de Aristóteles (mira a José Gregorio) y me parece
José Gregorio: (...)
Guillermo Hoyos: ...y me parece muy importante, bueno, porque el nuevo derecho a la hora de la verdad reconoció los límites del derecho puramente liberal, y cae en cuenta (...) lo primero sería, como, como (...) de todas maneras ratificar mi, mi, mi acuerdo, absolutamente completo, tanto en la visión jurídica de José Gregorio como con la visión desde el punto de vista de las humanidades y las artes de los dos colegas de las dos escuelas y apreciando mucho la, la solidaridad que ha tenido la Tadeo Lozano, no esperaba ninguna otra cosa de, de José Fernando y su gente, la solidaridad que han tenido en este caso con este muchacho; eh yo quería comenzar de una manera muy, muy autobiográfica, en... para referirme a un autor que, que lo he expuesto las dos veces que me han invitado aquí, y es Schiller. Yo tenía diecisiete años, acababa de salir del noviciado de los jesuitas (seguía de jesuíta) y yo creo que la primera obra de teatro que me leyeron fue "Los Bandidos" de Schiller, yo, sin tener mucha vena estética, pero a mi creo que me marcó esa obra del, del romanticismo alemán, eh, precisamente por la perspectiva que se pinta ahí, son unos bandidos, y uno durante toda la obra casi que vibra con esos bandidos, a la hora de la verdad, inclusive frente al estado de derecho, claro el estado de derecho es en el momento, y lo que pinta ahí Schiller, no es necesariamente un estado de derecho demasiado consistente, en las "Cartas para la educación estética del hombre" eh Schiller eh comenta que la fortaleza de la dimensión estética, del arte, es precisamente el enseñarnos a que la vida es fundamentalmente (...), es fundamentalmente juego, vamos a (analizar) esa dimensión importantísima que se ve ahí, y que Schiller desarrolla de una manera fantástica, en el medio entre los juicios constatativos de que hablaba el señor Decano (mira a Víctor Laignelet) y los juicios normativos de la moral, de manera que él lo que quiere manifestarnos es que la mediación precisamente entre la moral y la ciencia nunca la encontraremos si no es en la dimensión estética, eh, inclusive acentúa y eso lo retoma muy bien Habermas, cómo los juicios de la dimensión estética son juicios en cierta manera singulares, es decir, ya lo dijo José Gregorio, a él no le gustaba ese museo, pero por el hecho de que a él no le gustara ese museo él va a decir, ni siquiera dice que es mala, mal arte, alguien podría decir, "es mal arte", pero no va a decir "está prohibido", es decir, "no es verdadero", entre comillas, por así decirlo, "no es correcto", por así decirlo, en... (de manera) que este es el primer punto que yo creo que una sociedad, la colombiana, esta que no se ha puesto en pie contra lo aberrante de un muchacho a los veinte años, por una ligereza, esté privado de la libertad en un cárcel, como las cárceles nuestras, ese... es muy curioso una sociedad que no sepa distinguir entre una ligereza y el terrorismo, (eso a mi me parece delicadísimo), a mi por eso me, me gustó mucho las primeras declaraciones, o los primeros manejos del tema, por parte de la Tadeo Lozano, fue inmediatamente asumir uno de los argumentos de la familia, y era la hoja de vida del muchacho, y esto ya es un argumento en parte, en parte estético, José Gregorio ya lo dijo suficientemente, el, la dimensión estética, la de lo simbólico, la de la performance, lo de lo performativo, la dimensión de ustedes es expresión. Habermas dice comentando a Schiller, "el arte es comunicación", es decir, es expresarse; ahora, la expresión no es expresión de una opinión, es fundamentalmente expresión de lo que uno es, y por eso en arte es donde se juega la categoría de autenticidad, en arte es donde se juega la categoría de veracidad, en arte es donde se juega la categoría fundamental de identidad personal, entonces eh una sociedad que no es capaz de distinguir entre la ligereza, y la ligereza yo la pondría desde el punto de vista de que bueno, hay una alusión a la vida, ya lo dijo el Decano de la Tadeo, que es complicadita, hem, pero más de eso, yo no, yo no creo que hay más de eso a la hora de la verdad; por eso yo me atrevería a seguir adelante y empatando con lo que dijo aquí el colega de aquí de la Distrital, hem, un caso como estos nos indica, y yo no dejaría la discusión para cuando termine el caso, Decano, yo creo que la discusión se la debemos en este momento al país, y la discusión se la deben fundamentalmente ustedes, es decir, ustedes tienen que salir en este momento a defender el estatuto moral, de sensibilidad moral, de identidad personal, de cultura, etcétera, etcétera, que se gana gracias a la dimensión estética y aquí hay una demostración de que esta sociedad no sepa distinguir entre un símbolo, que no sepa distinguir entre diversas maneras de expresión, por así decir, que no sepa distinguir siquiera entre expresión y terrorismo, ahí sí estamos varados, porque realmente es una señal de que somos menores de edad en esa tercera dimensión del ser humano, no tercer en orden lexicográfico, que Habermas ha puesto muy claro "verdad", "corrección", y "veracidad" o "autenticidad", en el mismo plano, por así decir, y nosotros en el área de las humanidades y las artes, de la estética, nos han tratado, o han tratado ustedes de (...) ahí estamos los filósofos muy cerquita, es un área que nosotros sabemos todo el atraso en que estamos, desde el punto de vista de las políticas (...) etcétera, y es un área de la que si mucho escuelas especializadas o escuelas de arquitectura, pero qué decir de la población, esto es atraso cultural, a la hora de la verdad, es, es decir, esto es vergonzoso, que la expresión de este, de este compañero de ustedes, que la expresión de este compañero de ustedes se señale como terrorismo, es decir, es decir, eso va mucho mas allá de la expresión que utiliza mi esposa de "confundir el perro con San Roque", pero por favor; entonces, y yo creo José Gregorio, y aquí sí va una pequeña anotación, yo creo que el derecho en Colombia, tampoco es que sepa mucho de arte (pausa) sabe de libertades pero de este tipo de cosas, a mi, a mi este cuento de la interdisciplinareidad habermasiana de los tres mundos, el mundo objetivo, el de la verdad, el de las ciencias duras, que es en el que decimos que es el de la competitividad, es a lo que se dedica Colciencias, es para lo que hay plata, el otro nivel, naturalmente el nivel de las ciencias sociales, de la política, del derecho, pues bueno, el derecho adquirió su estatuto en, en la constitución del noventayuno, el nivel de la justicia, y yo creo que precisamente por eso por lo que ahora le están disparando tan duro, el tercer nivel, de la humanidades y las artes, la dimensión estética, la dimensión dramatúrgica, la posibilidad de leer "Los Bandidos" de Schiller, un poco como, como me gusta decirlo a mi, quien no ha vivenciado el sentido de "Los Bandidos" de Schiller, el día que se siente tentado a ser bandido, pues muy probablemente de una!; de manera que es, eso es lo bello de la dimensión estética, de la dimensión simbólica, ese es el sentido eh, el sentido performativo, por así decir, pero no tan performativo que lo que se expresa simbólicamente ya sea realidad, y por supuesto que, que si el derecho no sabe mucho de la dimensión estética, he, qué diremos de la política, y aquí tenemos un caso totalmente concreto, hombre yo creo que la condena de este muchacho no es meramente jurídica, es una condena eminentemente política, en un momento coyuntural en el cual eh los hijos del Presidente venían de sus zonas francas y de sus eh de sus basureros y de todo este tipo de cosas y, y bueno le sirvieron en bandeja la cosa, inclusive el, el hecho venía desde junio, no? y reventó en octubre, de manera que ahí uno tiene que ver qué fué lo que pasó en medio de todo eso, y yo estoy seguro que ahí hubo una, una cuestión política sumamente delicada, por lo tanto, la primera enseñanza, y y suponiendo que esto va a salir bien, aunque yo creo que de todas maneras va mal, es decir, yo no entiendo una Fiscalía que judicialice esto por terrorismo, es que esto, José Gregorio, esto daría para ir a la Corte Penal Internacional para que destituyan toda esta partida de tipos, es que no saben derecho, (no sé) a qué escuela de derecho fueron, y luego están felices porque están estrenando la división judicial de, de justicia electrónica, todo este cuento, están felices porque creen que ya pueden competir con el imperio en todo lo que son crímenes electrónicos, cosas de estas, y, y, y se lo sirvió en bandeja (este muchacho) un poco falto de experiencia, bizoño, y se lo sirvió en bandeja, y en todo esto, el caso reina, es el caso reina para demostrar que, que esa unidad antiterrorismo por vía de internet sabe lo que está haciendo y realmente va a juzgar todo este tipo de cosas, a mi me parece absolutamente escandaloso, desde el punto de vista de la ilustración (...) y sobre todo, desde el punto de vista moral, yo no puedo entender, y aquí me confieso naturalmente de nuevo, ignorante del derecho, pero yo creo que existe una filosofía del derecho, no exagerando, como Kant, que el derecho se (deduzca) de la moral, pero sí una filosofía del derecho en la cual los límites del derecho son la moral y los límites de la moral son el derecho, y el argumento que está dando la universidad y que da la familia, es, hombre, antes de, de, de considerar este, esta expresión simbólica, virtual, como terrorismo, o todavía si quieren un poquitico menos, de pronto se lo bajan a eso, intento de homicidio, hombre, me perdonan, pero, pero (............) me hacen el favor y me lo contextualizan, me hacen el favor y toman la persona, me hacen el favor, sobre todo si la persona te da muchas garantías de identidad personal por ser alguien que se dedica a lo simbólico, a la estética, al arte, de manera que mi primera conclusión, y yo sería partidario de que de una vez empecemos a dar el debate, aquí hay un síntoma de lo mal que andamos en formación estética, de lo mal que andamos en formación cultural, y lo dijo aquí el colega (señala a Ricardo Lambuley) y, y resulta que de eso mal que andamos la va a pagar este pobre muchacho por una imprudencia, por una ligereza, que hasta allí calificaría yo lo que, lo que él hizo; yo quisiera (.........) yo sé que José Gregorio tiene que ausentarse, no sé si de pronto antes de ausentarse (nos regala) unos cinco minuticos para que de una buena redondeada eh para que saques el, la estocada, y lo remates...
(1:06:23")
(1:06:23") José Gregorio Hernández: (1:06:24") bueno eh, estamos muy mal en formación artística y en todas estas áreas pero desde luego este caso acusa también una mala formación en el campo jurídico: es decir, las decisiones judiciales, como antes decía, tienen que ver con los principios o los postulados dentro de un estado social de derecho; es que los jueces tienen que asumir, como también el gobierno, como también el Congreso, y en general la comunidad, unas actitudes acordes con el concepto del estado social de derecho; en el estado social de derecho, y la constitución política en su artículo primero así lo destaca, tiene lugar de primer orden la consagración de unos específicos fundamentos de los sistemas jurídico. Esos fundamentos se proyectan a todo el ordenamiento constitucional y a todo el ordenamiento legal y en general a todo el orden jurídico; eh, (1:07:48") dice en nuestra constitución que el Estado Social de Derecho está fundado, ante todo, en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo, la solidaridad de las personas que la integran, y la prevalencia del interés general, pero quiero insistir: en el respeto de la dignidad humana; parte muy importante del respeto a la dignidad humana está constituida por el respeto a sus derechos fundamentales; la libertad de expresión está concebida como un derecho fundamental porque es inherente a la misma condición del ser humano, está ligada, forzosamente, a la dignidad del ser humano, porque si la libertad de expresión no se reconoce, y si por expresarme me castigan, me están ofendiendo en lo más profundo de mi dignidad, porque me someten a un proceso que no está previsto para ese tipo de situaciones; (1:09:05") la confusión, obviamente, aquella a que usted se refería Doctor (a Guillermo Hoyos), esa, esa, falta de sindéresis, de razón, que implica confundir una expresión, un símbolo, una, unas palabras que pueden también mirarse desde una perspectiva eh, del, del sentimiento, de contradicción, de no aprobación, pero no necesariamente conectadas con el delito, es una confusión sumamente grave en un sistema jurídico, y yo creo que en el mundo no entenderían, porque son muchos los casos que se han tramitado en otros tribunales, en otros estrados, no entenderían cómo esa semejante confusión se produce, sobre todo con el calificativo de terrorismo, (1:10:12") pero digan lo que, lo que puedan decir sobre el tipo delictivo, puede ser que manifiesten: "no, no se trata entonces de terrorismo" y de pronto quitar esa calificación y dicen: "intento de homicidio": tampoco, porque necesitaríamos unos elementos tangibles que nos vincularan a que realmente la persona adelantó unas actividades, que estaba haciendo un plan, estaba decidida esa persona a cometer un crimen; tampoco es instigación al delito, porque se podría pensar, aquí lo que está haciendo es instigar a cometer el homicidio: quienes utilizan las redes sociales entienden muy bien este lenguaje. (1:10:54) Lo que no entienden los jueces, o no están entendiendo los fiscales, sí lo entienden los que no tienen ninguna formación jurídica que son los que acceden al internet; estas expresiones utilizadas por el, por el estudiante, son comprendidas por los otros estudiantes, y por las personas que pertenecen a ese, a esas redes, eh, esa comprensión, de quienes hacen parte de lo que podríamos denominar esa comunidad particular del facebook, es muy importante también y la debería considerar el juez; yo estoy seguro que quienes eh acudieron a esa página, del facebook, no he... sí ellos entendieron de qué se trataba... no creo que ninguno de los que acudieron eh hubiera pensado: "bueno, entonces ahora tengo que conseguirme un fusil y, y tengo que dirigirme a los lugares que frecuenta el hijo del Presidente, para matar al hijo del Presidente", yo no creo que esa comprensión haya habido, y en esa medida, pues no se configura el delito. Es lo que quería decir, quiero presentarles disculpas por retirarme antes, he sido convocado a una reunión en el Consejo de Estado, corporación de la cual soy conjuez, entonces es indispensable acudir a esa, a esa reunión de conjueces y eso no tiene escapatoria, de tal manera que les presento disculpas, les agradezco por supuesto la atención, y espero que en este fecundo diálogo, Doctor (a Guillermo Hoyos) que ustedes van a, a adelantar, se tengan en cuenta estos argumentos que me parece que emanan del ser mismo de la Constitución y que tienen firme arraigo en la jurisprudencia; jurisprudencia que si los fiscales hubieran confrontado seguramente no les habría permitido adoptar las decisiones que adoptaron. Muchas gracias.
(1:13:12)
(aplausos, moderados pero audibles, del auditorio)
1:13:09"
Transcripción, observaciones e índices sujetos a desarrollo, cambios y actualizaciones por Pablo Batelli
Publicado originalmente en : esferapública
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